Federación de Enseñanza de CCOO | 28 marzo 2024.

Enseñanza concertada

CCOO firma el acuerdo de salidas y las tablas salariales de 2019

    El sindicato ha afrontado esta negociación con propuestas positivas, si bien no se han podido resolver algunos problemas endémicos que abordaremos en la negociación del VII Convenio a partir de enero de 2020.

    20/12/2019.
    Firma del acuerdo que regula las salidas de más de un día de duración en el ámbito de la enseñanza concertada

    Firma del acuerdo que regula las salidas de más de un día de duración en el ámbito de la enseñanza concertada

    Este jueves 19 de diciembre CCOO ha suscrito, una vez realizadas las consultas en el seno de la organización, el acuerdo que regula las salidas de más de un día de duración. Toda vez que hasta ahora no existía ningún tipo de regulación, valoramos positivamente algunos aspectos:

    • Por primera vez se regula una actividad que se venía realizando sin ningún tipo de cobertura económica o jurídica.
    • Se regula, expresa y destacadamente, que estas actividades son de realización voluntaria, terminando con la indefinición existente hasta ahora.
    • Se respetan obligatoriamente los descansos diario y semanal establecidos legalmente. De esta manera se obliga al organizador de las salidas a prever durante estos periodos la cobertura necesaria del alumnado.
    • Se establece, por primera vez, el abono de unas cantidades diarias como compensación del exceso de trabajo que se realiza en estas actividades. Estas cantidades no quedarán congeladas al revisarse con el IPC anual. Independientemente de las cantidades anteriores, el centro correrá con todos los gastos del personal que participe en las salidas.
    • Se regula el posible exceso de horas que se pueda realizar sobre la jornada ordinaria, estableciendo un volumen de 72 horas al que se irán imputando:
      • 8 horas diarias por cada día de actividad, si esta actividad coincide con un día no lectivo a efectos escolares y días sin presencia obligatoria de las personas trabajadoras. En caso de coincidir con días laborables se imputarán en este volumen de 72 horas los excesos que se puedan realizar entre las horas de trabajo del calendario laboral ordinario y las 8 horas establecidas en el acuerdo. El resto computará a los mismos efectos que si se hubiesen realizado en el centro. Esto es válido para el personal contratado a tiempo completo o a tiempo parcial, y para las horas lectivas y las no lectivas, en el caso de los docentes.
    • Se protegen las condiciones superiores que se pudieran haber pactado en los centros.
    • Se obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil a las empresas, así como a considerar cualquier siniestro como accidente laboral.

    El Acuerdo puede suponer un desarrollo práctico que genere alguna dificultad, si bien CCOO estará vigilante como lo ha hecho con el control del Registro Horario. En ambos casos, estos problemas se deben a la inoperancia de las organizaciones sindicales mayoritarias del sector, que han tenido casi 6 años para cumplir el encargo de la Disp. Trans. 5ª del VI convenio de proceder a la “adecuación y, en su caso, modificación, de la jornada laboral del personal docente”: 6 años perdidos.

    CCOO ha afrontado esta negociación con propuestas positivas, si bien no se han podido resolver algunos problemas endémicos, enquistados ante la dejadez de los que se denominan “mayoritarios”. Será prioritario resolverlos en la negociación del VII Convenio a partir de enero de 2020.

    Respecto al acuerdo de salidas

    Las personas trabajadoras que participen en estas salidas percibirán un complemento salarial por cada día de salida, cuyas cuantías serán:

    • 50 euros por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida.
    • 80 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluido los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional.
    • 90 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluido los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional.

    Respecto a las tablas salariales

    El 9 de marzo de 2018 CCOO firmaba un acuerdo con el Ministerio de Hacienda, en el marco dela función pública, que suponía importantes mejoras salariales y laborales para casi tres millones de trabajadores y trabajadoras. En materia de retribuciones se establecían incrementos salariales que, en el periodo 2018-2020, pueden representar hasta un 8,8 % de subida global.

    Fruto de ese acuerdo, en 2019 los salarios de los docentes de concertada experimentarán de media un incremento del 2,5%, y con ellos CCOO ha ratificado esa misma subida salarial para elPersonal Complementario y para el Personal de Administración y Servicios, firmando las tablas con carácter retroactivo desde el 1 de enero del presente año.

    Asimismo, con su firma se respetan los acuerdos alcanzados en el último Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva para el conjunto de trabajadores y trabajadoras del sector.

    Personal docente en niveles no concertados

    2% de enero a junio

    2,625% de julio a diciembre

    PAS y Personal Complementario

    2,375% de enero a junio

    2,625% de julio a diciembre