Federación de Enseñanza de CCOO | 8 octubre 2024.

Tras la presión ejercida por CCOO

Fundación SAMU reconoce la nulidad del ERTE y restituye las condiciones laborales de más de 300 personas

    Las y los trabajadores afectados por las suspensiones de contrato pertenecen a sectores socioeducativos y sociosanitarios que atienden a menores, mayores y personas con discapacidad de todo el Estado.

    30/09/2024.
    CCOO celebra que esta victoria repercuta directamente sobre las personas trabajadoras, garantizando que los compromisos alcanzados en la Audiencia Nacional se ejecuten según lo previsto

    CCOO celebra que esta victoria repercuta directamente sobre las personas trabajadoras, garantizando que los compromisos alcanzados en la Audiencia Nacional se ejecuten según lo previsto

    El pasado 30 de abril, Fundación SAMU dio por concluido, de manera unilateral, el periodo de consultas del ERTE que acabó implementando unilateralmente. Tras un proceso plagado de irregularidades, en el que la empresa se negó sistemáticamente a facilitar toda la documentación económica exigida por la representación legal de las personas trabajadoras, CCOO impugnó el expediente de regulación ante la Audiencia Nacional.

    Tras analizar las cuentas de 2021, 2022 y 2023, el sindicato concluyó que la entidad había modificado sus criterios contables al registrar determinadas operaciones económicas para justificar las suspensiones de contratos y hacer ver que sus supuestos problemas de liquidez estaban razonados. La negativa de la empresa a facilitar documentación adicional que permitiese verificar el registro de determinadas transacciones económicas con empresas del grupo era sinónimo de que Fundación SAMU continuó generando beneficios económicos durante 2023, y no pérdidas, como pretendían hacer creer.

    El 26 de septiembre, Fundación SAMU reconoció, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que la aplicación del ERTE era totalmente injustificada y, en consecuencia, ofrecía la restauración de las condiciones de trabajo.

    En relación con las personas trabajadoras, cuyos contratos iban a ser suspendidos a partir del 1 de octubre, se retira la suspensión y, por tanto, continuarán con sus contratos activos. Para quienes en la actualidad los tienen suspendidos, se retira la medida, reincorporándose a sus puestos de trabajo de manera inmediata. Asimismo, a las personas trabajadoras que han visto suspendidos total o parcialmente sus contratos, se les abonarán las cantidades en concepto de salarios dejados de percibir durante el periodo de suspensión incrementados en un 10%, al igual que quienes ya no presten servicios para la Fundación, que tendrán derecho a cobrar las cantidades dejadas de percibir durante el periodo de suspensión y hasta la fecha de finalización de sus contratos.

    La negativa de CCOO a acordar medidas lesivas para las personas trabajadoras durante el periodo de consultas, tal y como pretendía la empresa, estaba más que justificada. Así lo ha entendido también la Sala que, tras comprobar la solidez de la demanda interpuesta por el sindicato, manifestó a la entidad que el ERTE, plagado de irregularidades y con un informe demoledor de la Inspección de Trabajo, no se sostenía por ningún lado, advirtiéndole de que si el juicio se celebraba se le podría condenar por temeridad. En ese momento Fundación SAMU renunció a sus pretensiones, cediendo en todos sus planteamientos.

    Para CCOO las medidas de ajuste laboral en empresas contratistas adjudicatarias de servicios públicos no son factibles. La Ley de Contratos del Sector Público regula con carácter general el deber de las empresas contratistas de cumplir los contratos a tenor de sus cláusulas, de manera que en la gestión de servicios públicos es parte esencial de los pliegos de licitación los medios personales necesarios para la debida ejecución del servicio. Por tanto, cualquier medida de ajuste laboral de la plantilla, que reduzca la mano de obra adscrita a dicho servicio, podría considerarse incumplimiento del contrato, argumento que se trasladó a la entidad durante el periodo de consultas.

    En este sentido, CCOO hace un llamamiento a las administraciones contratantes para que velen por el cumplimiento del fin último del contrato, asegurando la buena prestación del servicio y evitando que empresas, como Fundación SAMU, puedan presentarse a concursos públicos de licitación. Pretender ahorrarse los salarios de las personas afectadas por las suspensiones de contrato conlleva que dejen de prestarse parte de los servicios contratados y que las personas trabajadoras asuman una carga laboral mayor, en detrimento de la calidad del servicio que reciben las personas usuarias, y representa malversación de dinero público. Las administraciones no pueden convertirse en cómplices de empresas sin escrúpulos que solo buscan maximizar sus beneficios.

    CCOO celebra que esta victoria repercuta directamente sobre las personas trabajadoras, garantizando que los compromisos alcanzados en la Audiencia Nacional se ejecuten según lo previsto. El sinfín de irregularidades cometidas por la entidad nos lleva a no bajar la guardia y a estar vigilantes en todo momento de las actuaciones que pueda desarrollar.