Federación de Enseñanza de CCOO | 7 noviembre 2024.

CCOO recurre ante el Supremo la nueva FP Básica y la Primaria de la LOMCE

    Los Reales Decretos que desarrollan estos niveles educativos vulneran la legislación vigente y lesionan derechos de estudiantes y profesorado.

    23/04/2014.

    La Federación de Enseñanza de CCOO ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra las normas que desarrollan la nueva Formación Profesional Básica (FPB) y la Primaria recogidas en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), convirtiéndose en la primera organización en emprender acciones jurídicas en este sentido.

    La FPB legitima la exclusión educativa de determinados alumnos y alumnas en el marco de la escolaridad obligatoria, limitando su continuidad en el sistema educativo, por lo que la nueva etapa constituye un retroceso respecto a los Programas de Cualificación Profesional Inicial a los que sustituye y que se extinguen el próximo curso.

    El recurso interpuesto argumenta que, a pesar de que los ciclos de FPB son considerados por la legislación actual como ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo, la norma no garantiza lo previsto con carácter general en el Real Decreto 1147/2011, que regula explícitamente que todos los ciclos formativos deben incluir un Módulo profesional de formación y orientación laboral (FOL).

    Además, se impide el cumplimiento de los objetivos fundamentales del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo, al no garantizar que las prácticas laborales se desarrollen en un entorno laboral. Por lo tanto, el Real Decreto infringe la legislación vigente que especifica que las enseñanzas de la FP deben incluir una fase de formación práctica en centros de trabajo.

    En lo relativo a la admisión a ciclos formativos de FP Básica, refiere la posibilidad de establecer diferentes criterios de admisión en cada comunidad autónoma, quebrantando el artículo 14 de la Constitución Española y el artículo 14 del Tratado de la Unión Europea, de no discriminación, y acceso en condiciones de igualdad.

    Por último, CCOO considera que la adscripción del profesorado es absolutamente arbitraria, ya que no se han establecido criterios claros, violando preceptos básicos de la Constitución relativos al acceso a la función pública con arreglo a los principios de mérito y capacidad y la sujeción de las Administraciones Públicas a la Ley y al Derecho.

    Respecto al Real Decreto de Primaria, el gabinete jurídico de la Federación de Enseñanza pone en entredicho la elaboración de una memoria abreviada, ya que, por su contenido, no responde a un carácter abreviado, sino ordinario, regulado en el artículo 2 del Real Decreto 1083/2009. En cualquier caso, es llamativo que se estime que es posible elaborar una memoria abreviada cuando el Real Decreto supone el desarrollo de previsiones legales novedosas y concreta el calendario de aplicación del nuevo régimen legal.

    Tal y como ha señalado el Consejo de Estado, "se  echa en falta en la memoria un cálculo específico sobre el impacto económico del Proyecto, que no se limita como aquélla da a entender al coste de la realización de la prueba final de Educación primaria. Debe recordarse que los proyectos normativos, como han tenido ocasión de afirmar reiteradamente la jurisprudencia -vid., Sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de junio de 2012, que recopila el criterio de la Sala 3ª- y el Consejo de Estado, deben ir acompañados de un estudio económico suficiente, que permita valorar el impacto de esa índole que puede tener la iniciativa normativa concreta. Esta exigencia es, sin duda, de especial importancia en el presente caso, en el que se innova el régimen del currículo de Educación Primaria?.

    En la parte expositiva del Real Decreto se vulneran, asimismo, los derechos del profesorado, no se respeta la configuración de la plantilla de los centros y la disponibilidad horaria, de obligada negociación, a tenor del artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Igualmente, se pone en entredicho el artículo 27 de la Constitución Española en relación al derecho a la educación, en su sentido más amplio, al establecer este RD una prelación jerárquica de asignaturas en la que prevalecen unas materias frente a otras, en detrimento del desarrollo de las competencias, capacidades y habilidades de los estudiantes. La LOMCE elimina definitivamente el currículo que tiene como eje vertebrador las competencias y vuelve a establecer una jerarquía de contenidos propia de la era industrial y definitivamente alejada de las necesidades formativas del alumnado en la actual sociedad del conocimiento.

    Además, la Federación de Enseñanza de CCOO recuerda el sesgo ideológico del currículo de Primaria y los graves problemas no resueltos, como la falta de garantías reales para que el alumnado que cursa Religión confesional estudie también contenidos de carácter ético y social, y la competición resultante de la organización de las materias en troncales y de configuración específica.

    Con la presentación de estos recursos, CCOO reafirma su compromiso de lucha y resistencia ante la LOMCE en el marco de la ofensiva jurídica que inició en septiembre de 2013 ante la Comisión Europea y que se complementó el pasado mes de enero, cuando recurrió a la Comisión y el Parlamento europeos y a la Defensora del Pueblo para frenar la aplicación de la reforma educativa.