Federación de Enseñanza de CCOO | 22 diciembre 2025.

Firmado el XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas

  • CCOO realiza una valoración positiva de este nuevo convenio

19/12/2025.
Foto de las entidades firmantes del Convenio

Foto de las entidades firmantes del Convenio

CCOO firma el XXIV CC Nacional de Autoescuelas consolidando los últimos acuerdos que se habían alcanzado en la mesa negociadora y trasladándolo al texto del convenio que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, afectando a más de 23.000 personas trabajadoras.

Los acuerdos alcanzados son los siguientes:

Ámbito temporal: Años 2024, 2025 y 2026.

Tablas Salariales:

La subida total acordada es del 11,9%, repartida durante todo el periodo de vigencia del Convenio.

Con los siguientes incrementos salariales:

  • 2024: 5%
  • 2025: 4,41%.
  • 2026: 2,49%

Los incrementos se aplicarán, en todos los casos, sobre el Salario Base.

Resto de acuerdos:

  • Se procede a la adaptación legal de los capítulos de permisos y contratación.
  • Se incluye un nuevo protocolo contra la discriminación y el acoso por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales y diversidad familiar.
  • Se incluye, así mismo, un protocolo de actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.
  • Los días 24 y 31 de diciembre, considerados en el artículo 12 del actual convenio como vacaciones retribuidas, en caso de que caigan en domingo, se trasladan al día anterior o posterior laborable para el trabajador.
  • Se cambian los dos días laborales adicionales al mes de vacaciones por 18 horas. Estas horas se podrían disfrutar en bloques de, como mínimo, 3 horas continuadas de duración.
  • Se establece un nuevo supuesto de excedencia voluntaria con reserva del puesto de trabajo, de un año de duración, para dedicarse a la mejora de su formación o al perfeccionamiento profesional de la persona trabajadora. Para poder acceder a la misma es necesaria una antigüedad mínima de 3 años. Esta excedencia no se podrá utilizar para trabajar a otra escuela de la competencia.
  • Se acuerda modificar el artículo 34, relativo a la enseñanza gratuita, estableciendo que el trabajador/a cónyuge e hijos que convivan con los trabajadores de las autoescuelas y tengan una antigüedad mínima en la Empresa de un año, tendrán derecho a la enseñanza en las fases teórica y la matrícula para la obtención del permiso de la categoría B.
  • Calificación del Art. 38, relativo a la Incapacidad Temporal, para que este sea más claro y no permita interpretaciones erróneas.

Desde CCOO realizamos una valoración positiva de este nuevo Convenio Colectivo firmado y donde se recogen cuestiones esenciales que veníamos reivindicando y que facilitan la estabilidad del sector.

La firma se ha realizado por con el apoyo de los sindicatos y la patronal del sector de autoescuelas y educación vial.

Desde CCOO seguiremos trabajando por las mejores condiciones de las personas trabajadoras de este sector y velará por el cumplimiento de convenio firmado.

Documentación asociada
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